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¿Qué es Discapacidad?


Se considera persona con discapacidad a toda aquella que teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Las personas con discapacidad pueden acceder a una serie de programas y beneficios para ellas con la Certificación por parte de la Compin, además de encontrarse inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación.



Trámites Asociados


Es un procedimiento técnico-administrativo donde se determina si una persona tiene o no discapacidad a partir de la presencia de una condición de salud, previamente determinada por un profesional médico, que limita el desempeño de actividades de la vida diaria y participación social.

De este trámite se obtiene una resolución de discapacidad que le permitirá inscribirse en el Registro Nacional de Discapacidad y acreditarse legalmente.

Al encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad y con la credencial de discapacidad tienes derecho a acceder a los siguientes beneficios:

  • Postular a Ayudas Técnicas del Senadis
  • Postular a la Beca Discapacidad del Mineduc
  • Postulación a Fondos Concursables del Senadis
  • Uso de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.
  • Rebajas arancelarias en la importación de vehículos y de ayudas técnicas
  • * Postular a subsidios habitacionales u otras prestaciones sociales asociadas a la condición de discapacidad
  • * Acceder a todos los beneficios dirigidos a las personas con discapacidad brindados por Senadis y por otras instituciones públicas que lo exija

* Las instituciones que exigen la credencial de discapacidad también pueden solicitar otra documentación necesaria para acceder o postular a las prestaciones sociales que entregan

Toda persona que presenta una condición de salud que limita el desempeño de actividades de la vida diaria y participación social, que resida en el territorio nacional y que acredite los antecedentes biopsicosociales por los cuales solicitará su certificación.

Lo anterior es sin distinción de afiliación de salud del usuario (Fonasa, Isapre, Dipreca, Capredena, etc.).

Debe contar con RUT ya sea provisorio o definitivo, ya que se requiere para la Inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad que lleva Registro Civil.

  • Antecedentes biopsicosociales (biomédicos, funcionales y sociales) que sustenten las condiciones de salud y limitaciones en el desempeño diario por los cuales solicita su certificación de discapacidad.

No tiene costo asociado

  • En el navegador de tu computador o teléfono móvil ingresa a www.milicenciamedica.cl y en Trámites en Línea selecciona Trámite de Certificación de Discapacidad. También puedes ingresar en https://compin.cerofilas.gob.cl/
  • Ingresa con tu Rut y Clave Única (*)
  • Selecciona la región y subcomisión que te corresponda según comuna
  • Completa correctamente el formulario de ingreso.
  • Adjuntar los informes: Biomédico-Funcional; Social y de Redes de Apoyo y de Desempeño en Comunidad (Ivadec)
  • Adjuntar copia de Cédula de Identidad.
  • Estos informes deben ser completados y firmados por el equipo de profesionales tratante del beneficiario.
  • Si la información es aceptada por Compin te llegará un correo de notificación.
  • Puedes hacer seguimiento al trámite a través de la plataforma ingresando a “historial”
  • Llegará a tu correo electrónico la notificación de la resolución del trámite y una copia en formato PDF de tu certificado.

* Por ser un trámite confidencial, debes conocer tu clave única. Si aún no la tienes la puedes solicitar en tu oficina del Registro Civil o ChileAtiende más cercana. Estando allá pide tu código de activación, luego ingresa a www.claveunica.gob.cl y en unos sencillos pasos la podrás activar.

**Los documentos que puedes subir son en formato PDF para el informe Biomédico Funcional y para el informe Social y Redes de Apoyo. Para informe Ivadec puede ser formato PDF y JPG (puedes sacar fotos con tu celular).

Este proceso de calificación no deberá extenderse más allá de 25 días hábiles, siendo 20 días para calificación y 5 días para certificación

Si la Certificación de Discapacidad es Rechazada, o si la propuesta de calificación es Reducida, la Compin notificará al usuario, quien podrá apelar dentro de los cinco días hábiles posteriores a su notificación, entregando los antecedentes que Compin solicite.

No podrá solicitar reevaluación dentro de un año calendario de su última evaluación.

Sin embargo, si aparecen nuevos antecedentes, diferentes a los que dieron origen a la primera solicitud podrá pedir su reevaluación en cualquier momento, incluso si aún no ha pasado un año calendario.

Ley 20.422 del 10 de febrero del 2010, que “Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”.

Decreto N° 47 del 16 de octubre del 2013, que “Aprueba el reglamento para la calificación y certificación de discapacidad”.

Es un procedimiento técnico-administrativo en virtud del cual una persona cuya discapacidad ha sido previamente certificada, y se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad, obtiene de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) competente una resolución que acredita que dada su condición de persona con discapacidad requiere un vehículo adaptado o con elementos especiales para su traslado, sea este conducido por él, o por un tercero.

Este certificado permite acceder a los siguientes beneficios al momento de importar vehículos:

  • Permite que la importación de un vehículo esté afecta al pago del 50% del Arancel Aduanero que corresponda aplicar.
  • El beneficio tributario consiste en que el Impuesto al Valor Agregado IVA, (19%) devengado en la importación del vehículo, sea pagado en cuotas (hasta 36), debiendo el recurrente solicitar al Servicio de Impuestos Internos la respectiva Resolución de autorización.

El beneficio de importación de vehículos deberá ser solicitado por el beneficiario o su representante a través del formulario de solicitud, el cual podrá pedir en oficinas Compin o descargarlo en la página www.milicenciamedica.cl, acompañando en original todos los documentos exigidos.

Para acceder el beneficiario debe estar inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad.

En caso de no tener Registro Nacional de Discapacidad debe iniciar trámite de Certificación de Discapacidad en la Compin o Subcomisión (SC) correspondiente a su domicilio, o en línea en www.milicenciamedica.cl Trámites de Discapacidad

Personas con discapacidad con certificación vigente e inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.

  • Completar el Formulario Solicitud de Certificación de Elementos Opcionales Constitutivos del Equipo Especial para Vehículos para personas con Discapacidad Ley 20.422, el cual puede ser solicitado en una oficina Compin o descargado en www.milicenciamedica.cl Trámites de Discapacidad
  • Copia de la Cédula de Identidad del beneficiario y requirente, según corresponda.
  • Documento que certifique residencia del beneficiario.
  • Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio Nacional de Registros Civil e Identificación vigente. Si no la tienes debes solicitar el Trámite de Certificación de Discapacidad inicialmente en la Compin o SC correspondiente a su domicilio o en línea en www.milicenciamedica.cl.
  • Si el trámite lo hace un representante, tiene que presentar certificado como representante legal o contractual (mandato ante notario).

No tiene costo asociado

  • Solicitar certificación de elementos opcionales constitutivos del equipo especial para vehículos para personas con discapacidad para acceso a beneficios arancelarios en la Compin o (SC) correspondiente a su domicilio. El formulario se puede obtener en la misma oficina de Compin o SC, o descargar en la página www.milicenciamedica.cl en Trámites de Discapacidad.
  • Llenar formulario y adjuntar la información solicitada. Este documento debe ser completado y firmado por el o la médico tratante del beneficiario.
  • Compin realiza admisibilidad administrativa, si falta algún documento se le solicitará al interesado incorporarlo para continuar con el trámite.
  • Se realiza revisión técnica de parte de la comisión o equipo de discapacidad según realidad de cada oficina.
  • La Compin podrá citar presencial o vía telemática al usuario para evaluación, o pedir que el o la médico que extiende certificado justifique la necesidad de vehículo con características especiales.
  • La Compin emitirá una Resolución de Certificación de Elementos Opcionales Constitutivos del Equipo Especial para Vehículos para Personas con Discapacidad, en la cual indicará si requiere o no vehículo con características especiales y cuáles son dichos elementos que necesita.

Si el usuario o quien realizó la solicitud no está conforme con la Resolución de Compin, podrá presentar un Recurso de Reposición dentro de los cinco días hábiles desde la fecha de notificación. El formulario se puede obtener en la misma oficina de Compin o SC, o en la página www.milicenciamedica.cl en Trámites de Discapacidad.

Este Recurso de Reposición, tendrá un plazo de resolución de 20 días hábiles desde la fecha de presentación.

Ley 20.422 que “Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”. Título IV: Medidas para la Igualdad de Oportunidades.

Ley 20.997 Moderniza la legislación aduanera.

Ley 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.

Formularios


Formularios Certificación de Discapacidad:

Formularios Certificación de elementos opcionales constitutivos del equipo especial para vehículos para personas con discapacidad Ley 20.422:

Nota: Todos los informes deben ser completados y firmados por el equipo de profesionales tratante del beneficiario.

Preguntas Frecuentes


La Compin y Subcomisiones del país deberán dictaminar si una persona tiene o no discapacidad. Esto se hace a través de la Comisión de Discapacidad con un equipo multidisciplinario que analiza caso a caso considerando los antecedentes biomédicos, funcionales, sociales, de redes de apoyo y el desempeño actual de la persona. Esta Comisión determina el origen, grado, porcentaje de discapacidad, movilidad reducida y si requiere o no reevaluación.

Para ello requerirán información proveniente de instituciones públicas o privadas de salud, educación u otra que trabaje con personas con discapacidad y de los profesionales que hubieren intervenido en el tratamiento o rehabilitación de la persona a certificar. Esto con el objetivo de cumplir las funciones que la Ley 20.422 encomienda.

Una vez certificada la discapacidad de la persona, plasmada en una resolución, es enviada de manera automática al Servicio de Registro Civil e Identificación para la inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, desde donde enviarán la credencial de discapacidad a la persona certificada.

No, toda la información solicitada para el trámite de certificación de discapacidad debe ser subida vía remota a través del Formulario de Ingreso.

Con tu Clave Única debes ingresar la página web del trámite de discapacidad y dirigirte a la carpeta de “historial de trámites" donde podrás revisar en qué etapa se encuentra tu trámite. A su vez, se te notificará cada etapa del trámite y su resultado al correo que registraste en el Formulario de ingreso.

Debes ingresar a la página web del trámite de discapacidad, revisar tu trámite e indicar si apelas o no la resolución entregada por la Compin. Una vez ahí, debes subir más antecedentes para justificar la apelación. Esta puede realizarse una sola vez, en caso contrario se mantendrá resolución establecida por Compin.

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